Publicado el marzo 12, 2024

La clave para obtener una licencia de TDT no es la perfección técnica, sino anticipar la lógica administrativa y los criterios de viabilidad implícitos de la CNMC.

  • La mayoría de los rechazos no se deben a fallos técnicos, sino a una deficiente justificación de la viabilidad económica y a errores estratégicos en el planteamiento.
  • Modelos de negocio como el arrendamiento de licencias son jurídicamente complejos y conllevan un alto riesgo de ser catalogados como «transmisión encubierta» ilegal.

Recomendación: Centre su solicitud en demostrar la sostenibilidad a largo plazo y el valor social del proyecto desde la perspectiva del regulador, no solo desde la suya.

Para cualquier empresario de medios o asociación comunitaria en España, el proceso para obtener una licencia de Televisión Digital Terrestre (TDT) local puede parecer un laberinto burocrático diseñado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (SETELECO). La percepción general es que se trata de una montaña de formularios, requisitos técnicos inescrutables y plazos inflexibles. Muchos aspirantes centran todos sus esfuerzos en construir un proyecto técnico impecable, asumiendo que la calidad de la propuesta de ingeniería es el único factor determinante.

Sin embargo, esta visión es incompleta y conduce a errores costosos. La realidad es que la administración no evalúa únicamente la solvencia técnica, sino la solidez integral del proyecto. Se analiza la viabilidad económica, la coherencia del plan de negocio y, sobre todo, la comprensión profunda del marco legal que rige el uso del dominio público radioeléctrico. Este es un bien escaso y público, y su concesión es un acto administrativo de gran responsabilidad para el Estado.

Pero, ¿y si el verdadero secreto para navegar este proceso no fuera simplemente rellenar formularios correctamente, sino entender la lógica administrativa que hay detrás de cada requisito? Este artículo se aleja de los manuales convencionales. En lugar de ofrecer una simple lista de pasos, desvelaremos los puntos ciegos, las interpretaciones jurídicas clave y los riesgos regulatorios silenciosos que a menudo pasan desapercibidos. Le proporcionaremos las herramientas para pensar como el regulador, anticipar sus objeciones y presentar un proyecto que no solo sea técnicamente viable, sino administrativamente incontestable.

A lo largo de las siguientes secciones, abordaremos los motivos reales de rechazo, las obligaciones de contenido, las complejidades de los modelos de negocio, las infracciones más comunes y los desafíos del panorama audiovisual español. Este enfoque le permitirá transformar la incertidumbre burocrática en una ventaja estratégica.

Por qué rechazan el 60% de las solicitudes técnicas en los concursos de radio

Aunque el titular se refiera a la radio, la lógica es perfectamente extrapolable a los concursos de TDT. La creencia popular de que los rechazos de solicitudes se deben a fallos técnicos complejos es un mito. En la mayoría de los casos, las desestimaciones provienen de errores administrativos básicos y de una deficiente justificación de la viabilidad del proyecto. Es un problema sistémico en la administración española; por analogía, en el sector eléctrico, datos recientes muestran que casi el 49% de las solicitudes de acceso a la red fueron rechazadas, a menudo por cuestiones de planificación y viabilidad, no por incapacidad técnica pura.

En el ámbito audiovisual, la mesa de contratación no solo busca un proyecto de ingeniería solvente. Busca la certeza de que el adjudicatario podrá mantener las emisiones durante todo el periodo de la concesión. Por tanto, una propuesta con una memoria económica poco realista, proyecciones de ingresos infladas o un plan de contenidos vago será descartada, por muy avanzado que sea su diseño de red. La administración prioriza la sostenibilidad sobre la innovación puramente tecnológica. Un caso de éxito que ilustra la importancia de un proceso pulcro es el concurso de TDT local en Andalucía de 2022, donde se adjudicó más del 90% de las licencias ofertadas gracias a una tramitación íntegramente electrónica y resuelta en plazo, demostrando que con rigor procedimental se puede tener éxito.

Para evitar un rechazo, el enfoque debe ser holístico. Los pasos clave incluyen:

  • Cumplimentación rigurosa: Verificar cada campo de la solicitud de inscripción del gestor del múltiple en el Registro de Parámetros de la CNMC.
  • Solicitud de parámetros: Pedir formalmente la asignación del Identificador de Trama de Transporte (TTP) siguiendo las directrices específicas del regulador.
  • Cumplimiento normativo: El proyecto técnico debe adherirse estrictamente a la Orden ITC/2212/2007, que define las obligaciones para los gestores de múltiples digitales.
  • Análisis de viabilidad: Antes de presentar nada a SETELECO, realizar un análisis interno honesto sobre la viabilidad tanto técnica como económica del plan.

En definitiva, el error más común es subestimar la parte administrativa y económica del expediente. Un proyecto debe ser creíble en su conjunto, demostrando que el solicitante no solo tiene la capacidad técnica para emitir, sino también la solidez empresarial para perdurar.

Cómo justificar las horas mínimas de emisión propia para no perder la concesión

Obtener la licencia es solo el primer paso. Mantenerla requiere cumplir con una serie de obligaciones continuas, siendo una de las más importantes las horas mínimas de producción propia. La Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) busca garantizar que las televisiones locales cumplan una función de servicio público y proximidad, evitando que se conviertan en meras repetidoras de contenido enlatado o de televenta. La TDT no es un canal marginal; según la propia CNMC, la TDT representa actualmente el 76% de la cuota de pantalla en España, lo que subraya la responsabilidad de los operadores.

Justificar la emisión propia no es solo una cuestión de rellenar parrillas. Implica una estrategia de producción y documentación rigurosa. La administración puede realizar inspecciones y solicitar los registros de emisión (play-lists) para verificar el cumplimiento. No poder acreditar las horas estipuladas se considera una infracción grave que puede llevar a la revocación de la licencia. Por «producción propia» se entiende aquel contenido financiado y controlado editorialmente por el titular de la licencia, enfocado en la realidad social, cultural o política de su demarcación.

Estudio de televisión local con equipamiento profesional para producción de contenidos

Como se aprecia en la imagen, disponer de un estudio, aunque sea modesto, es fundamental para generar contenido original de forma consistente. La clave para la justificación ante la CNMC es la trazabilidad. Se debe mantener un archivo detallado que incluya:

  • Registros de emisión: Listados diarios que especifiquen cada programa emitido, su duración, su origen (propio, ajeno, coproducción) y su horario.
  • Contratos y facturas: Documentación que acredite la producción o adquisición de derechos de los programas.
  • Copias testigo: Grabaciones de la emisión que puedan ser solicitadas por el regulador.

Por tanto, desde la concepción del proyecto, el plan de viabilidad económica debe contemplar una partida presupuestaria suficiente para la producción local. Ignorar este requisito no es una opción; es el camino más corto para perder la concesión que tanto esfuerzo costó obtener.

Arrendamiento vs Compraventa de licencias: qué permite realmente la Ley Audiovisual

Una de las cuestiones más espinosas y que genera mayor confusión en el sector es la naturaleza de los negocios jurídicos sobre las licencias. Es fundamental partir de una premisa ineludible: las licencias de TDT no se pueden vender. Son concesiones administrativas sobre el dominio público radioeléctrico, intransferibles por su naturaleza. Cualquier negocio que implique una compraventa directa es nulo de pleno derecho. Sin embargo, la LGCA sí permite ciertas fórmulas de explotación que, en la práctica, se asemejan a un arrendamiento, pero con matices cruciales.

La figura más común es el «arrendamiento del centro emisor» o, más propiamente, un contrato de prestación de servicios audiovisuales donde un tercero utiliza la capacidad del canal del titular de la licencia. El riesgo aquí es que la CNMC interprete que se está produciendo una «transmisión encubierta» de la titularidad. Esto ocurre si el titular original pierde completamente el control editorial y la responsabilidad sobre los contenidos emitidos. La línea es fina y el regulador es extremadamente vigilante. Por ello, el modelo más seguro y aceptado es el alquiler de capacidad del múltiplex digital, un acuerdo más técnico que de contenidos.

Para clarificar las opciones, sus riesgos y su encaje en la Ley 13/2022, el siguiente cuadro resume los principales modelos de negocio:

Comparación de modelos de negocio jurídico para licencias TDT
Modelo de Contrato Duración Riesgos Legales Viabilidad LGCA 13/2022
Arrendamiento de centro emisor Variable Medio – Control de contenidos Permitido con condiciones
Contrato prestación servicios audiovisuales Temporal Alto – Posible transmisión encubierta Requiere supervisión CNMC
Alquiler capacidad múltiplex digital Según licencia Bajo – Modelo técnico claro Aceptado
Renovación de licencia 15 años Mínimo Automática si cumple requisitos

La renovación de las licencias, como la confirmada para los grandes operadores nacionales, se establece por periodos de 15 años, con renovación automática si se cumplen los requisitos. Esto demuestra la importancia de mantener un historial de cumplimiento impecable. Cualquier operación de arrendamiento o cesión a terceros debe estar perfectamente estructurada en un contrato que deje clara la responsabilidad última del titular original.

En conclusión, aunque la venta directa está prohibida, existen vías legales para monetizar una licencia a través de terceros. La clave es hacerlo con un asesoramiento jurídico experto que estructure la operación de forma que el titular nunca ceda el control editorial y la responsabilidad final, evitando así la figura de la transmisión encubierta.

La infracción de publicidad que puede costar 30.000 € a tu emisora local

Uno de los «riesgos regulatorios silenciosos» más peligrosos para una TDT local es la gestión del volumen de la publicidad. La queja histórica de los espectadores sobre el aumento súbito del sonido durante los bloques publicitarios ha llevado a la CNMC a tomar medidas drásticas. Desde el verano de 2024, es de obligado cumplimiento el límite de -23,0 LUFS (Loudness Units Full Scale) para el nivel sonoro, con una tolerancia mínima. Superar este umbral o realizar cambios bruscos de sonoridad se considera una infracción grave.

Las sanciones por incumplimiento no son triviales. Pueden alcanzar los 30.000 euros por cada infracción detectada, una cifra que puede desestabilizar financieramente a cualquier operador local. La CNMC vigila activamente el cumplimiento de esta normativa, y no se limita solo a las grandes cadenas. Según la nueva normativa, los operadores están obligados a implementar sistemas de medición y control basados en el estándar UER R-128. Ignorarlo por desconocimiento o por falta de medios técnicos no es una excusa válida. De hecho, la CNMC ha sido clara en que vigilará los sobresaltos producidos por la publicidad y aplicará multas contundentes.

Además del volumen, existen otros límites publicitarios que deben respetarse escrupulosamente, como el máximo de 12 minutos por hora de reloj para anuncios comerciales y televenta. Superar este límite, aunque sea por segundos, es también motivo de sanción. La correcta gestión publicitaria es, por tanto, un pilar de la viabilidad a largo plazo. Para garantizar el cumplimiento, es crucial realizar auditorías internas periódicas.

Plan de acción: Auditoría de cumplimiento publicitario

  1. Inventario de sistemas: Listar todas las herramientas de control de sonoridad y play-out existentes. ¿Miden en LUFS según la UER R-128?
  2. Recolección de registros: Recopilar y revisar los registros de emisión (play-lists) y las copias testigo del último mes.
  3. Análisis de coherencia: Confrontar los registros con la normativa. ¿Se supera el límite de -23 LUFS? ¿Se excede el máximo de 12 minutos/hora? ¿Se emite publicidad de alcohol o juego en horario protegido?
  4. Evaluación de picos sonoros: Identificar las transiciones entre programa y publicidad. ¿Existen saltos de volumen perceptibles que puedan ser objeto de queja?
  5. Plan de corrección: Documentar las desviaciones y establecer un plan de acción prioritario para ajustar los sistemas de normalización de audio y la planificación de bloques publicitarios.

La conclusión es clara: la rentabilidad de una emisora local no puede lograrse a costa del incumplimiento normativo. La inversión en tecnología de control de sonoridad y en una planificación publicitaria rigurosa no es un gasto, sino un seguro contra sanciones que podrían ser fatales.

Cuándo es posible reactivar una concesión administrativa extinguida por inactividad

La extinción de una licencia de TDT es el escenario más temido por cualquier operador. Una de las causas más comunes es la inactividad: si un canal deja de emitir durante un periodo prolongado sin una causa de fuerza mayor justificada, la administración puede iniciar un expediente para revocar la concesión. La pregunta clave es: ¿es posible revertir esta situación? La respuesta, en la mayoría de los casos, es un rotundo no. Una vez que la extinción es firme en vía administrativa, la licencia revierte al Estado y el único modo de volver a emitir en esa demarcación es esperar a que se convoque un nuevo concurso público y ganarlo.

El concepto de «reactivación» es, por tanto, jurídicamente incorrecto. No se reactiva una licencia muerta; se lucha por obtener una nueva. La historia audiovisual española está marcada por casos de cierres definitivos. El más notorio fue el cierre de 9 canales de TDT en 2014 (como La Siete, Nitro o LaSexta3) por una sentencia del Tribunal Supremo que anuló las adjudicaciones originales. Esas licencias no se «reactivaron»; simplemente desaparecieron del espectro.

Torre de transmisión TDT silenciosa al atardecer en paisaje rural español

La imagen de una torre de transmisión silenciosa es una poderosa metáfora del capital y el esfuerzo perdidos. La única vía para evitar este final es actuar de forma preventiva. Si un operador prevé un cese de emisiones por dificultades económicas o técnicas, debe comunicarlo formalmente a la SETELECO, argumentando las causas y presentando un plan de reanudación. Solo una causa de fuerza mayor debidamente acreditada (un incendio en el centro emisor, un procedimiento concursal, etc.) podría justificar una suspensión temporal de la obligación de emitir.

Estudio de caso: El cierre de 9 canales de TDT en 2014

En mayo de 2014, nueve canales de televisión cesaron sus emisiones como consecuencia de una sentencia del Tribunal Supremo. Esta decisión no fue por inactividad, sino por la anulación de la concesión original de 2010. El caso demuestra la firmeza del marco legal: una vez que una licencia es anulada o extinguida por resolución firme, el canal desaparece. No hubo «reactivación». Los operadores (Atresmedia, Mediaset, Veo TV y Net TV) perdieron esos canales de forma definitiva, y la única vía para recuperar capacidad en el espectro fue a través de posteriores concursos públicos. Este precedente subraya que las concesiones no son un derecho perpetuo, sino que están sujetas a la legalidad vigente en todo momento.

Por consiguiente, la estrategia no debe ser cómo reactivar una licencia perdida, sino cómo evitar que se extinga. Una gestión diligente, el cumplimiento de las obligaciones y una comunicación transparente con el regulador son los únicos escudos protectores.

El riesgo legal de montar una emisora FM sin licencia en el dial saturado

Ante la complejidad y el coste de obtener una licencia de TDT, algunos pueden sentir la tentación de optar por una vía aparentemente más sencilla y económica: la emisión sin licencia, a menudo denominada «pirata». Esta decisión, aunque motivada por el deseo de comunicar, es un error estratégico con consecuencias devastadoras. El marco legal español es extremadamente severo con el uso no autorizado del dominio público radioeléctrico, ya sea en FM o en TDT. La Ley General de Telecomunicaciones tipifica estas conductas como infracciones muy graves.

Operar sin la preceptiva concesión administrativa expone al titular a un régimen sancionador de enorme dureza. Las multas no son simbólicas; están diseñadas para ser disuasorias. Para el caso de la televisión, las sanciones pueden alcanzar hasta 1 millón de euros por emisión pirata. Además de la multa económica, la administración ordenará el cese inmediato de las emisiones y procederá al precinto o incluso a la incautación de los equipos de transmisión. El riesgo, por tanto, no es solo financiero, sino que implica la pérdida total de la inversión realizada en equipamiento técnico.

Argumentar desconocimiento de la ley o que la emisión es «comunitaria» o «sin ánimo de lucro» no exime de responsabilidad. La ocupación del espectro sin autorización es ilegal per se, independientemente de la finalidad de la emisión. Además, en un dial saturado como el español, una emisión no autorizada puede causar interferencias a operadores que sí emiten legalmente, lo que agrava la infracción y acelera la intervención de los inspectores de la SETELECO. El camino legal, aunque arduo, es el único que ofrece seguridad jurídica y viabilidad a largo plazo. La inversión en un proyecto sólido para un concurso público es siempre preferible al riesgo de una sanción millonaria.

En resumen, la emisión sin licencia no es un atajo, sino un precipicio. El coste de la legalidad siempre será infinitamente menor que el coste de una sanción, que no solo liquida el proyecto, sino que puede comprometer el patrimonio personal de sus responsables.

Cuándo expandir tu contenido a las televisiones autonómicas (FORTA): requisitos y tiempos

Una vez que una televisión local tiene su operativa consolidada y una producción propia de calidad, el siguiente paso lógico de crecimiento es buscar la distribución de su contenido en las televisiones autonómicas, agrupadas en la Federación de Organismos de Radio y Televisión Autonómicos (FORTA). Esta expansión no solo puede generar nuevas vías de ingresos, sino que también otorga un prestigio y una visibilidad significativamente mayores. Sin embargo, acceder a estas cadenas requiere una profesionalización del contenido y el cumplimiento de requisitos técnicos y de accesibilidad muy estrictos.

Las televisiones autonómicas, especialmente las de titularidad pública, están obligadas por ley a cumplir con unos porcentajes mínimos de accesibilidad. Esto significa que cualquier contenido que se les presente debe estar preparado para ser accesible a personas con discapacidad sensorial. Estos requisitos no son negociables. Por ejemplo, los canales públicos deben subtitular el 90% de su programación e incluir un mínimo de 10 horas semanales de audiodescripción. Los canales privados tienen obligaciones ligeramente menores pero igualmente importantes. Por lo tanto, un productor local que aspire a vender su contenido a FORTA debe internalizar estos costes de postproducción en su plan de negocio.

La estrategia para abordar a una televisión autonómica debe ser metódica:

  • Adaptación a la accesibilidad: El contenido debe incluir subtitulado de alta calidad, audiodescripción para personas con discapacidad visual y, según la región, interpretación en Lengua de Signos Española (LSE) o Catalana (LSC).
  • Cumplimiento técnico: Cada cadena tiene sus propias especificaciones técnicas de formato de vídeo, audio y metadatos. El contenido debe ser entregado cumpliendo exactamente estos parámetros.
  • Valor diferencial: El pitch de venta debe destacar por qué ese contenido, producido localmente, tiene interés para una audiencia autonómica más amplia. Debe resaltar su singularidad, su calidad y su conexión con la cultura de la región.
  • Modelo de negocio: Es necesario definir si se busca una coproducción, la venta de contenido ya producido («enlatado») o algún otro tipo de acuerdo.

En definitiva, expandirse a FORTA es un objetivo ambicioso y alcanzable, pero exige un salto cualitativo en la producción. La calidad técnica, la accesibilidad universal y una propuesta de valor clara son las tres claves para abrir las puertas de las televisiones autonómicas.

Puntos clave a recordar

  • La obtención de una licencia TDT se basa más en la viabilidad económica y el rigor administrativo que en la excelencia técnica.
  • Las licencias son concesiones intransferibles; los modelos de arrendamiento conllevan un alto riesgo de ser considerados «transmisión encubierta» ilegal.
  • El incumplimiento de normativas técnicas, como el límite de volumen en publicidad (-23 LUFS), acarrea sanciones económicas graves que pueden comprometer la viabilidad del proyecto.

Fragmentación vs Sinergia: el reto de las productoras españolas ante la Ley General Audiovisual

El panorama audiovisual español, redefinido por la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), presenta un doble desafío para las productoras locales: la fragmentación del consumo a través de múltiples plataformas y la necesidad de buscar sinergias para competir. El marco legal no solo afecta a los titulares de licencias, sino a todo el ecosistema de creación de contenidos. La TDT, aunque dominante, convive con los servicios de streaming, lo que obliga a los productores a pensar en estrategias multicanal desde el inicio.

Una de las novedades más relevantes del nuevo Plan Técnico Nacional de la TDT es la previsión de licitar un nuevo canal de TDT de ámbito estatal. Como señala la CNMC en su informe, es crucial supervisar las bases de este concurso para garantizar la competencia. Este nuevo múltiplex, del que una parte está aún sin adjudicar, representa una oportunidad para nuevos actores, pero también intensifica la competencia por contenidos de calidad. Para una productora local, esto puede ser una oportunidad para vender sus creaciones a un nuevo operador nacional, pero también una amenaza si este nuevo canal capta la audiencia local.

La reordenación de canales también prevé que se libere capacidad para un nuevo canal de TDT que se licitaría según lo dispuesto en la LGCA. La CNMC reclama examinar las bases de este concurso público, dadas sus funciones de supervisión del mercado de comunicación audiovisual.

– CNMC, Informe sobre Plan Técnico Nacional TDT

En este contexto, la sinergia es clave. Las productoras locales ya no pueden pensar solo en su televisión local. Deben diseñar contenidos que puedan ser adaptados para su emisión en autonómicas (FORTA), vendidos a plataformas de streaming o incluso presentados al nuevo operador nacional. El reciente anuncio de la convocatoria del concurso público para esta nueva licencia estatal confirma que el tablero de juego está en pleno movimiento.

Para navegar este complejo entorno regulatorio y de mercado con seguridad, el siguiente paso es realizar una auditoría legal y estratégica preliminar de su proyecto audiovisual, evaluando sus fortalezas y debilidades de cara a los concursos públicos y las oportunidades de distribución.

Escrito por Javier Solís, Abogado especialista en Derecho Audiovisual y Propiedad Intelectual. Asesor legal con 14 años de experiencia en regulación, licencias de la CNMC y contratación de talento.